Todo patrono, sea persona de Derecho Público o de Derecho Privado, está obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos del trabajo, por medio del Instituto Nacional de Seguros, según los artículos 4º y 18 del Código de Trabajo.
¿Cuál persona extranjera puede trabajar legalmente en Costa Rica?
Respuesta:
Todas aquellas personas que tienen cédula de residencia, permiso de trabajo o condición legal de refugiado o asilado.
Normativa:
¿Quién otorga un permiso de trabajo?
Respuesta:
La Dirección General de Migración y Extranjería, ubicada 300 metros oeste del Hospital México, La Uruca, San José o en sus oficinas regionales, según la ubicación del centro de trabajo.
Normativa:
Fuente: Ministerio de Trabajo Costa Rica
Fuente: Ministerio de Trabajo Costa Rica
Fuente: Ministerio de Tabajo Costa Rica