Si usted es trabajador migrante en Costa Rica… Ésto es Oro Puro! Parte 1

¿Cuál persona extranjera puede trabajar legalmente en Costa Rica?

Respuesta:

Todas aquellas personas que tienen cédula de residencia, permiso de trabajo o condición legal de refugiado o asilado.

Normativa:

  1. Constitución Política, Artículo 68
  2. Ley 8764, Ley General de Migración y Extranjería.
  3. Código de Trabajo y legislación conexa.
  4. Decreto Ejecutivo No. 19010-G, Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería.

¿Qué es un permiso de trabajo?

Respuesta:

Es una autorización, emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería, que deben tener todas las personas extranjeras que deseen trabajar en Costa Rica. Esta autorización le permite laborar para una empresa o persona empleadora específica.

Las personas extranjeras que poseen cédula de residencia o un carné de refugiado vigente, pueden laborar sin realizar solicitud de permiso de trabajo. El ser residente permanente, temporal o refugiado debidamente autorizado, le permite laborar y ser sujeto de todos los derechos y deberes laborales.

Normativa:

  1. Constitución Política, Artículo 68
  2. Ley 8764, Ley General de Migración y Extranjería.
  3. Código de Trabajo y legislación conexa.
  4. Decreto Ejecutivo No. 19010-G, Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería.

 

Fuente: Ministerio De Trabajo Costa Rica.