¿Cuál es la cobertura territorial que tiene el seguro de riesgos de trabajo?
- Código de Trabajo y sus reformas, Título IV (Ley N° 6727, de fecha 09 de marzo de 1982), artículo 213.
Todo patrono, sea persona de Derecho Público o de Derecho Privado, está obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos del trabajo, por medio del Instituto Nacional de Seguros, según los artículos 4º y 18 del Código de Trabajo.
¿Quién otorga un permiso de trabajo?
Respuesta:
La Dirección General de Migración y Extranjería, ubicada 300 metros oeste del Hospital México, La Uruca, San José o en sus oficinas regionales, según la ubicación del centro de trabajo.
Normativa:
Fuente: Ministerio de Trabajo Costa Rica
Fuente: Ministerio de Trabajo Costa Rica
Fuente: Ministerio de Tabajo Costa Rica
Fuente: Ministerio de Trabajo Costa Rica
Las personas trabajadoras con discapacidad tienen derecho a la readaptación o reubicación.
Fuente: Ministerio de trabajo Costa Rica