Absuelven ex-Gerente de Banco por estafa de ¢150 millones

El Tribunal de Juicio de Pérez Zeledón absolvió a cinco personas, quienes fueron acusadas de tres delitos, uno de estafa contra un banco privado que aseguró haber perdido $300 mil, ¢150 millones aproximadamente; dos de administración fraudulenta y dos de falsedad ideológica.   En agosto del 2008, según los representantes del banco y la acusación del Ministerio Público, cinco personas que formaban parte de una organización criminal se juntaron y pusieron de acuerdo para comprar dos propiedades, las pusieron en garantía hipotecaria, le dieron un valor mayor al que tenían, solicitaron un crédito y no pagaron los terrenos.   No obstante, los jueces Manuel Fallas Calderón, Ericka Cordero Marroquín y Manuel Morales Vásquez consideraron que no hubo prueba suficiente para acreditar los hechos y de acuerdo con Rafael Rodríguez, abogado del exgerente del banco, “no se demostró que mi cliente o los cuatro hayan cometido un ilícito y por el contrario se hizo referencia a una deficiente investigación del Ministerio Público y a los acusados se les absolvió de toda pena y responsabilidad”.

Según Rodríguez, “en el banco siempre dijeron que las propiedades tenían un precio menor al que se les adjudicó, pero se demostró que el valor era diferente debido a la crisis económica mundial que se presentó en ese momento y que redujo el valor de las propiedades, por lo que cambiaron las condiciones”.   “ME CAUSARON DAÑO”   William Ramírez era el gerente del banco privado y toda su vida se desarrolló en este tipo de entidades.

Él asegura que el señalamiento y la acusación en su contra le causaron un daño moral a él y a su familia durante los últimos 6 años.   “Esta situación me marcó a mí como persona trabajadora, pero también a mis hijos, quienes eran objeto de comentarios de todo tipo y llegaban llorando a la casa haciendo preguntas de por qué me llevaron preso en un carro del OIJ y la verdad es que todo eso desgasta y es algo difícil de enfrentar día a día.   Un día llegué a mi oficina y me detuvieron en la puerta principal sin mayor explicación. Me dijeron que era una orden de la jefatura, fue una situación humillante porque no sabía nada, fue inhumano”, comentó Ramírez.   Ahora, afirma Ramírez, después de vivir lo que él llamó una pesadilla, continuará su camino y no descartan interponer una denuncia por el daño que le causaron.  La fiscalía estuvo representada por Esteban Víquez Vargas.

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Muerte de técnico del ICE sería un homicidio

La muerte del técnico en redes del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Carlos Luis Alfaro Arguedas, podría ser un homicidio luego de que recibiera una descarga de 19 mil voltios mientras hacía trabajos en Río Segundo de Alajuela.  La víctima de 48 años sufrió quemaduras de tercer grado en el 83% de la superficie corporal, cuando al parecer uno de sus compañeros bajó la cuchilla para que el fluido eléctrico llegara sin que se terminaran las labores de reparación que hacían.  Esa fatídica mañana del 19 de febrero del 2014, Alfaro quedó guindando del arnés que portaba y dos de sus compañeros lo bajaron con su ropa en llamas y en medio de una serie de cables para que los cruzrojistas lo atendieran en tierra.  Una vez estabilizado, lo trasladaron en primera instancia al Hospital San Rafael, de donde lo remitieron por su grave condición a la Unidad de Quemados del San Juan de Dios. Ahí murió 4 días después a las 3 a.m..  Luego de la investigación, entrevistas y el análisis, se logró determinar quién fue la persona con mayor responsabilidad del fallecimiento de Alfaro, pues de no haberse dado paso a la luz se hubiese culminado el trabajo sin problema alguno.

  DOS EN LA MIRA

Según el informe emitido por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), existieron tres errores de procedimiento durante las labores que realizaban los empleados del ICE.  El primero fue el exceso de confianza por parte del ofendido, cuando no conectó las tierras de manera correcta, lo que consistía en realizar un puente entre las tres líneas primarias, conectar cables y luego al neutro, que no entrelazó. El segundo de los errores lo cometió, según los investigadores, el supervisor del paro programado (trabajo que hacían), quien debió quedarse en el sitio donde estaba Alfaro e indicarle que debía conectar las tierras de manera correcta.  El tercer fallo se atribuye al otro imputado apellidado Castro Cordero, quien estaba junto al supervisor, a unos 800 metros de donde se encontraba el ahora occiso, y sin aparente orden conectó la cuchilla que permitió el paso de la electricidad cuando trabajaba en las líneas primarias. Rafael Rodríguez Salazar, abogado de la familia doliente, manifestó a DIARIO EXTRA que la labor se había iniciado y no se tenía que subir la corriente hasta que finalizara.  “Independientemente si Alfaro estuviera o no en ese lugar no tenían que subir la electricidad sin que se diera la orden de que el trabajo había finalizado. Era una persona que tenía más de 6 años de experiencia como técnico del ICE, sabía lo que estaba haciendo, eso de decir que las tierras estaban puestas no es verdad”, explicó.  Rodríguez agregó que la víctima era supervisada, existe control de calidad en dichas labores y no se puede abrir una cuchilla si no se tiene la orden del supervisor, se tiene que constatar, es precaución.

CABEZA DE HOGAR

La familia y su abogado están muy interesados en sentarse a negociar con las autoridades del ICE para resolver las pretensiones que tienen las partes. Alfaro tenía estabilidad económica, profesión, expectativa alta de vida y deja una familia desamparada, que dependía de él.  Bryan Alfaro, hijo del fallecido, expresó a El Periódico de Más Venta en Costa Rica que su mamá y sus dos hermanas menores se quedaron al garete.  “Han sido meses muy duros, mi papá nos llevaba el sustento a la casa, los compañeros del ICE estuvieron pendientes de mi mamá y dos hermanas menores. Queremos sentar un precedente debido a que los que están en la calle trabajando son personas y la institución debe velar por ellos”, recordó.  Bryan estudia ingeniería eléctrica y asegura que la versión que han dado no coincide con lo que realmente pasó, por lo que espera que se haga justicia.  El Ministerio Público no ha hecho una acusación por homicidio culposo, tiene el proceso en investigación y deberá considerar si existen elementos suficientes para acusar y establecer responsabilidad.  De parte de Rodríguez establecerá una querella privada por considerar que se incumplieron las normas de seguridad y los protocolos que llevaron a la muerte de Alfaro, además una acción civil contra los presuntos responsables y solidariamente contra el ICE, quien es el patrono.  La institución realizó una investigación para ver qué pasó y mencionaron que los dos sospechosos como la víctima mortal tenían 6 años de experiencia siendo técnicos en ese puesto.

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Opinión: Un asunto de credibilidad

Las manifestaciones de la Señora Procuradora de la Republica, Ana Lorena Brenes, en el sentido de que el ex Vice Ministro de la Presidencia, Daniel Soley, le hizo ofrecimientos de puestos en el Servicio Exterior como Embajadora, con el único propósito de que dejare su puesto en la Procuraduría General de la República, se ha convertido -de acuerdo a las posiciones de ambas partes- en un asunto de credibilidad, en el cual la ciudadanía deberá deducir y escoger -segín su leal entender- quién dice la verdad.

Un asunto de gravedad, dado que se deja entrever la posibilidad de que el Gobierno, en aras de buscar un mejor acomodo a sus decisiones políticas que han sido objetadas por la Procuraduría, busque solucionar dichas diferencias dejando entrever de manera sutil y con matices de amenaza su descontento a quien ostenta dicho cargo.

Entendidos en la materia legal, han manifestado la necesidad conforme se dice en derecho, de que quien alega esta en la obligación de demostrar su dicho, dejando al arbitrio de cada uno de los involucrados la carga de la prueba. Lo único claro y que ha sido reconocido por ambas partes, es que de manera efectiva existió una reunión entre ambos, con carácter publico o privado, y de la cual tenía pleno conocimiento el Ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez.

Me pregunto, y dejo entrever, si era una reunión de carácter privado, porque el Vice Ministro puso en conocimiento de su superior que se iba a llevar a cabo dicha reunión. Los asuntos privados, no requieren en la lógica ser informados.

¿Qué razones tiene la Procuradora, para informar al Presidente, que ha sido presionada por el Vice Ministro de la Presidencia, con ofrecimientos en cargos de Embajadora, para con ello dejar la Procuraduría General de la República? Pues de no ser ciertas dichas afirmaciones,  la única afectada sería su credibilidad.

De mi parte considero que el análisis sobre la credibilidad radica en un estudio de las figuras que se ven involucradas en los hechos, uno el Vice Ministro, político, y otra la Procuradora, una funcionaria de carrera, que dentro de lo que se ha visto, no se ha encasillado como una política.

Groucho Marx dijo: “La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados”.  ¿Será acaso, que lo sucedido acá, no lo previó el Vice Ministro Soley, quien amparándose de la amistad que pregonan existía entre ambos, es puesto en el intento de realizar los ofrecimientos para tantear la posición de su “amiga” sin esperar que ante su proba actitud, le molestara y consecuentemente tomara la decisión de informar a la Presidencia? Fue por lana y salió trasquilado.

El escritor Antonio Gala, dijo “Los políticos honrados se quitan de en medio cuando cae sobre ellos la sospecha”. ¿Será acaso que bajo esta premisa, el ex Vice Ministro Soley, tomo la decisión de retirarse de su cargo? El ha sido enfático en manifestar que la Procuradora miente y que él no realizó ofrecimiento alguno. ¿Sera su decisión de renuncia, una decisión política o una decisión de honradez? Queda a su conciencia la verdad de los hechos.

Louis McHenry Howe, dijo “Nadie puede adoptar la política como profesión y seguir siendo honrado”. Un político -es sabido- no puede admitir su error, porque su carrera se vería afectada. De aquí la duda sobre la realidad del hecho, al ser analizado como un hecho de carácter político.

Santiago Carrillo, Político Español, es claro en indicar que “en la política, el arrepentimiento no existe. Uno se equivoca o acierta, pero no cabe el arrepentimiento.”  De aquí que pensamos que ante la existencia del error, no existirá aceptación de ninguna parte, en el tanto el asunto sea político. Esto por cuanto es muy difícil que exista compatibilidad entre la política y la moral.

La posición en lo que respecta a la Señora Procuradora, deberá encaminarse en un análisis fuera de la política. ¿Existen razones para tratar, de parte de ella, de hacer quedar en mal a quien considera su amigo? ¿Hay una razón atendible, para fraguar una mentira que a todas luces también dañará su imagen? ¿Qué interés tendría al sacar a la luz un asunto que se vio en privado y que pudo haber quedado en dicho ámbito?

Las respuestas, como se dijo en su verdad, solo la conocen los involucrados, y dejan en cada quien tener que dilucidar de acuerdo al conocimiento que se tiene de cada una de las partes a quién se dará la razón.

Lo que es cierto es que un asunto que pudo haber sido resuelto por el Señor Presidente de la Republica, Luis Guillermo Solís, e incluso el mismo Ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez, no fue atendido de manera adecuada, dejando que en la Asamblea Legislativa y otras instancias del Gobierno se derrocharan recursos y tiempo necesario para la verdadera solución de los asuntos que requieren la adecuada atención.

Cada quien deberá hacer un análisis para dar credibilidad al dicho de cada una de las partes, de mi parte, solo puedo decir, que si el asunto es político, me es mas creíble, pensar que por decisión política se miente.

Lic. Rafael Rodríguez
Abogado

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La conmutación de la pena de prisión, y el proceso abreviado, un dilema por resolver

Nuestra legislación Procesal Penal, prevé la aplicación de un Procedimiento Abreviado, mediante el cual el o los imputados, de común acuerdo con el Ministerio Publico, Querellantes y Actores Civiles, previa aceptación de los hechos acusados, pactan la aplicación de una pena a efectos de prescindir del juicio oral y publico. Dicho acuerdo tiene como objetivo el que el imputado reciba como beneficio la imposición de una pena mas favorable, en la cual incluso se le puede fijar la misma hasta un tercio por debajo del mínimo de la pena que deba disponerse en sentencia. 

Es nuestro criterio, que la negociación del proceso abreviado, es entre partes, siendo el juzgador un ente regulador de lo que el acuerdo de partes establece, quedando el Juez de la Etapa Intermedia, como lo es un garante  de que las partes acuerden de manera licita la forma de dar un término adecuado al proceso y que este acuerdo llegue al Tribunal de Sentencia, a efectos de que se dicte y fundamente la resolución de fondo correspondiente, conociendo que este procedimiento no releva al juzgador del deber de fundamentar la sentencia, dando las razones para la imposición de la pena acordada e incluso teniendo la facultad de absolver si considera que los hechos y las pruebas, aun con el reconocimiento del imputado no son típicos, antijurídicos o bien el imputado no es culpable. 

Conducción temeraria y conmutación de pena

Nuestra legislación procesal penal prevé la aplicación de un procedimiento abreviado, mediante el cual el/ los imputados, de común acuerdo con el Ministerio Público, querellantes y actores civiles, previa aceptación de los hechos acusados, pactan la aplicación de una pena a efectos de prescindir del juicio oral y público. Dicho acuerdo tiene como objetivo que el imputado reciba como beneficio la imposición de una pena más favorable, en la cual incluso se le puede fijar la misma hasta un tercio por debajo del mínimo de la pena que deba disponerse en sentencia.

Nuestra legislación procesal penal prevé la aplicación de un procedimiento abreviado, mediante el cual el/ los imputados, de común acuerdo con el Ministerio Público, querellantes y actores civiles, previa aceptación de los hechos acusados, pactan la aplicación de una pena a efectos de prescindir del juicio oral y público. Dicho acuerdo tiene como objetivo que el imputado reciba como beneficio la imposición de una pena más favorable, en la cual incluso se le puede fijar la misma hasta un tercio por debajo del mínimo de la pena que deba disponerse en sentencia.

Hacinamiento: el primer disparador de violencia

¿Y que hace Adaptación Social al respecto?

Con preocupación y tristeza, analizo la noticia que nos trae un diario en su edición del Domingo, 24 de febrero, donde comunican sobre la Violacion de un joven en la Carcel de San Sebastian, y en los subtemas se expresa, que el disparador es producto del Hacinamiento existente.

A consideración del suscrito, el Hacinamiento es solo uno de los graves problemas que afronta nuestro sistema penitenciario, y razon de ello, de la falta de capacidad institucional para superar estos problemas, es que se dio la “renuncia” del Viceministro Polanco, quien indico, que no fue una renuncia y que esta se dio por existir divergencias entre lo que éste proponía debía cambiar institucionalmente y las politicas que en la actualidad el Ministerio de Justicia tiene, considerando que no eran las más adecuadas para el sistema en la actualidad.

Reynaldo Villalobos, actual Director de Adaptación Social, nos indica que en las cárceles, “…los juegos de poder entre reos son iguales a como ocurren en la sociedad, y las víctimas son las más vulnerables…”.