LA INSEGURIDAD DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS EN COSTA RICA

Pareciera que el tema de la SEGURIDAD en los Centros Penitenciarios, no ha sido una prioridad gubernamental ni ha llamado la atención a la ciudadanía en general. Los Ministros de Justica, ente rector del manejo de dichos centros, desde hace bastante tiempo ha pregonado la necesidad de mejorar las condiciones de los mismos, comentarios que toman relevancia a partir de los diferentes hechos que han sido del conocimiento de la población en general.
Hoy dia, con las investigaciones llevadas a cabo por el periodista David Delgado, de la Nacion, donde se deja de manera clara la evidencia de una sobrepoblacion penitenciaria, que a todas luces no solo es una inminente violacion a los derechos fundamentales de los privados de libertad, sino un detonante de violencia a lo interno de los centros, es importante que el Gobierno, en adelante tome medidas de urgencia de manera inmediata.
El propósito de las prisiones ha cambiado secuencialmente a través de la historia. Ha dejado de ser un simple medio de detención para el individuo que esperaba y cumplía una condena, a ser una condena en sí misma, es decir aun si llegar a un juicio oral ya han sido condenados muchos con el simple hecho de ser privado de libertad. En algunos países (principalmente los democráticos) es un medio que se tiene con el objetivo de proteger a la sociedad de aquellos que pudieran resultar peligrosos para la misma, a la vez que se intentaba su reinserción en pro al desarrollo humano, pero también podía ser utilizado como un medio de presión política en momentos difíciles.
En la enciclopedia Libre Wikipedia, se menciona que los objetivos de la cárcel fueron evolucionando con el transcurso del tiempo. Gradualmente, la idea de que el prisionero tenía que reparar el daño que había causado a la sociedad, fue tomando conciencia en la misma. Es decir que con el encarcelamiento tenía que ir acompañado del trabajo, el delincuente pagaba, con la prisión, una deuda, no directamente a sus víctimas, pero sí al daño que su comportamiento había causado a toda la sociedad. Tras haber cumplido su condena y pagado su deuda, el delincuente quedaba exento de toda culpa y podía reemprender una nueva vida. Pero la aplicación de esta utopía todavía no se ha hecho realidad.
El hecho de considerar la prisión como un lugar de reeducación del delincuente, se contempló tiempo después. La prisión se fijó otros objetivos, el cambiar a los delincuentes y adaptarlos para una vida normal en la sociedad. Su principal idea era la de reeducar y reformar a los delincuentes que habían tomado un camino equivocado antes de su encarcelación.
La encarcelación en si persigue cuatro fines principales: 1) castigar al infractor, 2) proteger a la sociedad, 3) evitar delitos futuros y 4) la reforma del infractor enseñándole a ser un ciudadano honesto y productivo tras su puesta en libertad.
Para muchos ciudadanos el encarcelamiento de infractores en las prisiones es la pena ideal, pensando que cuando un infractor es encarcelado, recibe su merecido por el delito cometido ante la sociedad, pero que hay de las victimas perjudicadas directamente por los hechos delictivos que han concluido el juzgamiento del infractor, esto le repara el daño material, la pérdida de tiempo, las lesiones corporales, mentales, muerte de un familiar, entre otras, mas peor aún entonces que pasaría con las victimas que tendrían este mismo problema pero con la diferencia de que su agresor no ha sido capturado o si ha sido capturado ha quedado en libertad ya sea por irregularidades en el proceso o la penalidad del delito cometido.
La cuestión es de interés para todos, no solo para quienes se han visto afectados directamente por el crimen, pues nuestra calma mental, por no decir nuestra seguridad, depende en gran medida de que los individuos que cometen hechos ilícitos sean detenidos por los organismos de seguridad del Estado y cumplan con el proceso correspondiente según el delito, y una vez cumplidas su condena, salgan a la calle reformados, y no simplemente endurecidos por la vida llevada en la prisión. Pero para esto es necesario la existencia y la ejecución de un sistema penitenciario que facilite programas de atención a la víctima constantemente tanto como en lo legal como lo médico- psicológico y en cuanto los infractores le garantice un juzgamiento imparcial ajustado al derecho y garantías constitucionales, y que sus vivencias en la prisión no promuevan a un profesional en el delito, porque muchos de estos delincuentes comienzan con delitos menores, luego pasan a delitos contra la propiedad y por último se licencian en delitos contra las personas.
En la actualidad, las prisiones siguen manteniendo el propósito para las cuales fueron creadas la de estar manteniendo tras las rejas a los infractores, aunque la diversidad del sistema penitenciario ha buscado mejorar la calidad de vida de los transgresores de la ley, con programas educativos, programas de reinserción de individuo a la vida social normal, medidas cautelares, presentación periódica, juzgamiento en libertad, casa por cárcel, entre otras, esquemas que buscan también no solo tratar de cambiar la conducta irregular del individuo si no también combatir otro flagelo que es el (hacinamiento) o sobre población carcelaria en los establecimientos penitenciarios.
Las cárceles contemporáneas son las herederas de estos ideales que, realmente, no se cumplen, lo que se hace perjudicial para la sociedad en general, la cárcel se justifica, más o menos, de acuerdo con los lugares y con los períodos en función de estos ideales con los que fueron establecidas.
El problema actual radica en la INSEGURIDAD que se da en los Centros Penitenciarios, y producto de ello los hechos conocidos hoy día. Como conocedor de lo que realmente sucede en los mismos, he de indicar que los mayores problemas que se dan en el Sistema Penitenciario Costarricense, son: Las drogas, el ocio y el hacinamiento, acompañados ellos de la falta de políticas institucionales que determinen un programa de seguridad integral institucional que permita el control de los diferentes hechos que atentan no solo contra la seguridad de los internos, sino del personal penitenciario y la ciudadanía en general.
La razón de ser del Sistema Penitenciario debería responder, en principio a la aplicación o ejecución de un programa enmarcado en una política criminal seria, objetiva y moderna, que facilite al Estado la aplicación de medidas de tipo preventivo y penal destinadas a llevar la criminalidad a límites tolerables.
El Sistema Penitenciario viene a ser creado para responder en principio al cumplimiento de un programa encuadrado en una estrategia que garantice los derechos fundamentales de las personas que a su vez permiten evitar la proliferación criminal. Como también la implantación de medidas de seguridad concretas y específicas que vigilan el cumplimiento de estos derechos establecidos por la ley y garantizados en los tratados internacionales. Y en cuanto al ámbito penal que se refiere a trabajar en base a procesos y normas que certifique la reinserción del penado en la sociedad con una actitud inclinada a la productividad, trabajo, educación, con valores reales y no impropios necesarios para el buen establecimiento de una comunidad ordenada y a la vez progresista enfocada al desarrollo social del individuo.
Para nadie es un secreto que el sistema penitenciario en nuestro país está saturado de problemas debido a diferentes factores que entorpecen la funcionalidad del mismo. Comenzando desde la raíz podemos mencionar el retardo procesal, el cual repercute en el incremento de la población, creando hacinamiento, desencadenando consecuencias negativas en el sistema penitenciario, como es el proceso de incorporación y adaptación al medio carcelario llamado prisionalización.
Cuando se establezca un Plan de Seguridad Integral adecuado, pueda ser que el fin que persigue la prisión de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, sea la reinserción del condenado a la sociedad, sea una labor menos difícil que en la actualidad, pues las políticas han tendido única y exclusivamente al cumplimiento de la pena, olvidándose de los Planes de Atención Institucional que cada privado de libertad requiere de acuerdo con los hechos por los cuales se le sentencio.
Y considero, que cuando nos dispongamos a evitar el ocio en la población penitenciaria, con la creación de mejores fuentes de trabajo, estudio e ingresos y convirtamos los Centros Penales en instituciones auto sostenibles, los problemas de INSEGURIDAD se reducirán al mínimo.
No solo se requiere mejorar la seguridad física, sino que se requiere de una óptima gestión de seguridad penitenciaria, que debe comenzar con la Dirección de cada centro, donde debe estar a la cabeza de la misma: profesionales que conozcan la realidad penitenciaria del país y del centro en lo particular, que cumplan una gestión eficaz, efectiva y eficiente sin menoscabar los derechos de los internos, de sus familiares y de los custodios.
LIC. RAFAEL RODRIGUEZ SALAZAR
ABOGADO PENALISTA
CEDULA 3-271-045

¿Usted es abogado gratuito?

Es común recibir llamadas telefónicas, mensajes telefónicos, correos electrónicos y otras comunicaciones , donde lo que se nos pregunta: ¿Usted es abogado gratuito? ¿ Estoy llamando a un abogado jurídico? ¿Usted es de la defensa publica? Perdona es que estaba buscando un abogado gratuito en Google y me salió usted. Perdona, te ubique en Internet, ¿puedo hacer una consulta? Muchas de esas comunicaciones son llamadas de WhatsApp, Messenger y otros medios de comunicación gratuita. Pero mas sorprendente, cuando te dicen, “disculpa, me quede sin saldo, me puede devolver la llamada”. ¡Mira pa, te puedo hacer una consulta! Tendrá suerte si los mensajes o llamadas no son de madrugada o altas horas de la noche.

En ocasiones me tomo mi tiempo, para explicar, a quien llama, que los abogados no son gratuitos (cajita blanca), que las consultas legales con abogados se deben cobrar (otra cajita blanca). En algunas ocasiones les consulto, que quieren decir cuando habla de abogados jurídicos, y en otras les digo que los defensores públicos, no se publicitan en Internet y que se localizan en sus respectivas oficinas.

Es claro que los Abogados, tienen prohibido realizar asesoría gratuita o cobros de consultas legales fuera de los aranceles determinados por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Sin embargo, es importante el que la ciudadanía en general, conozca que existen excepciones a la regla, y que, para ello, se han creado y autorizado, que algunas organizaciones realicen dentro de sus programas y fines, consultoría y asesoría gratuita a poblaciones en condición de vulnerabilidad o a personas que así lo requieran y que no pueden por sus condiciones económicas costearse un abogado privado. Es así como existen las Defensorías Sociales, creadas por el Colegio de Abogados y Abogadas y de la cual, soy uno de sus propulsores, fundadores y defensor social certificado. Existen desde hace bastante tiempo los Consultorios Jurídicos de las Universidades Publicas y Privadas, Las Casas de Justicia, del Ministerio de Justicia, y ONG y Asociaciones, “sin fines de lucro” que tienen como fin el brindar asesoría en diferentes áreas del derecho de manera gratuita. Ello sin dejar por fuera la Defensa Publica, de la Corte Suprema de Justicia, en las áreas penal, laboral, agraria, pensiones alimentarias, que por ley tienen sus funciones.  Todas estas instituciones, se encuentran debidamente autorizadas para brindar dichos servicios y deberán respetar su cometido, sin convertirse en un ente de competencia desleal o contrario a sus fines.

No debemos olvidar, también la posibilidad que se tiene como responsabilidad social corporativa de despachos legales y abogados, el poder asumir procesos denominados PRO-BONO, cuando la causa y el caso a asumir así lo requiere.

Cada vez, que me pasa, algo como lo comentado, al inicio, me acuerdo, que, si tengo un malestar en mi salud, y pido consulta medica privada, lo primero que recuerdo, es que DEBO CANCELAR EL COSTO DE DICHA CONSULTA, sin cuestionamiento alguno.  Y me digo, no pensaran las personas, que sus problemas legales, cuando requieren de asistencia legal, TIENEN LA OBLIGACION DE CANCELAR LOS HONORARIOS POR DICHA CONSULTA. Recordando siempre, un mensaje de Steven Keeva,  que hemos observado en redes sociales y que ayer mi hija, María Paz, me pasaba por WhastApp, que dice: “ El derecho es una de las profesiones que cura. Mientras la medicina sana el cuerpo, y la religión el espíritu, la ley cura las grietas de la sociedad.”

Lo que quiero, que se comprenda, es que, en buena teoría, los abogados que se publicitan por medios electrónicos y redes sociales, invierten en ello y su publicidad no lleva de ninguna forma la intención de dar CONSULTORIA GRATUITA, por dos sencillas razones, A- Buscan clientes para ejercer su profesión y consecuentemente procurarse su ingreso económico de subsistencia. B- Les esta prohibido, brindar asesoría gratuita.

Ahora bien, no debemos confundir, la guía legal, para brindar asesoría con la respuesta gratuita de la consulta requerida.

Por ello, de previo a llamar o enviar mensajes procurando asesoría legal gratuita, recuerde que esta no se brinda por dichos medios y que los entes autorizados como tal, atienden de manera presencial o bien mediante citas debidamente coordinadas en sus medios telefónicos.  La defensa publica, se otorga en cada caso en especifico y sus abogados se localizan en las diferentes oficinas en el Poder Judicial, sus números telefónicos de acceso publico y no privados.

No se disguste, sino se le da respuesta, no se disguste, sino se le contesta un mensaje, los abogados privados brindamos asesoría legal y esta requiere ser retribuida con los honorarios de ley.

Rafael Rodríguez Salazar Abogado y Notario.

FUENTE: elmundo.cr

¿Qué ha pasado con la reforma procesal laboral?

Ya casi acercándonos al primer semestre de la puesta en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, quiero referirme a algunos aspectos que han creado preocupación al respecto y me refiero específicamente a dos de las categorías donde se dieron los cambios, a saber el: Derecho Individual del Trabajo y Los Aspectos Procesales.

Con la sola expectativa de la nueva normativa, se dieron algunas erróneas apreciaciones, principalmente  entre los trabajadores, que no comprendieron muchos aspectos de ello.

Es constante aun escuchar a trabajadores y patronos discutir sobre temas que supuestamente cambiaron con la Reforma Procesal Laboral, cuando en realidad no se dieron estos cambios.

Se ha malentendido por parte de trabajadores y algunas empresas  que se modificó de alguna forma las jornadas de trabajo, indicándose que la reforma, obliga a trabajar solo en  las jornadas ordinarias existentes de 8, 7 o 6 horas, sea esta diurna, mixta o nocturna respectivamente, y que no es permitido las jornadas de mas horas, si no se cancelan horas extraordinarias.

La reforma no modificó en lo absoluto las jornadas de trabajo. Si se trabaja mas allá de dichas jornadas, dentro de los límites permitidos por ley, deben cancelarse horas extras, como ha sido siempre la obligación del patrono y el derecho del trabajador.

La reforma no modificó las obligaciones patronales sobre salarios y otros beneficios relacionados, esto por cuanto no existen cambios en el tema de salarios mínimos, aumentos, cálculo y pago de horas extra, etc. Tampoco ha variado la obligación de reportar todos los salarios de sus trabajadores a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), ni ha cambiado el tope de ocho años de cesantía en el sector privado.

Los cambios existentes y de importancia en la actualidad, indicamos, los vemos desde dos perspectivas específicas:

Derecho individual de trabajo:

  1. Se amplió la protección por discriminación en el empleo, señalándose un total de 14 causales de discriminación entre las cuales se mencionan: edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, discapacidad, afiliación sindical y si queda alguna duda sobre las causales, se incluyó una última que señala cualquier otra forma análoga de discriminación.
  2. Se incorporaron  cambios al proceso de despido sin responsabilidad patronal, en donde se deja claro el tema de la obligatoriedad en la entrega de la carta de despido y se indica que las causales, para proceder con el despido sin responsabilidad patronal, deberán ser señaladas de forma clara y sin que se preste o exista duda alguna sobre la verdadera razón que originó la terminación del contrato. Por último, se indica como proceder en caso de que el empleado no quiera firmar de recibido la carta de despido.
  3. Se abre la posibilidad del despido sin responsabilidad patronal por casos de discriminación en el empleo o en el acceso al empleo (proceso de reclutamiento). Es decir, se incorpora  una nueva razón para despedir con justa causa, sin pago de preaviso ni auxilio de cesantía.
  4. Se mantiene el despido con responsabilidad patronal, por la voluntad del patrono, en el tanto se reconozcan los derechos al trabajador.
  5. Un cambio que ha creado mucho de que hablar es en cuanto a los representantes patronales, “directores, gerentes, administradores …, las personas que a nombre de otro ejerzan funciones de dirección o administración”, en cuyo caso se incorporan las siguientes novedades:
  • Responsabilidad hasta personal en caso de ordenar actuaciones que signifiquen infracciones a las leyes del trabajo.
  • En casos de discriminación, el representante patronal puede formar parte del proceso judicial a título personal.

Sobre estos aspectos, no tenemos aun muestra de problema alguno en cuanto a su interpretación, sin embargo consideramos se esta haciendo una errónea aplicación en lo relacionado con las causales de despido, la carta del despido y la posibilidad del despido con responsabilidad patronal.

Aspectos procesales:

  1. Se implemento la justicia gratuita a favor de todos aquellos trabajadores que ganen menos de dos salarios bases por mes, o que hayan sido despidos por discriminación. También aplica la asistencia legal gratuita para trabajadores adolescentes o mujeres en estado de embarazo o lactancia. Situación que en la actualidad, ha empezado a ser controversial, por cuanto la DEFENSA PUBLICA LABORAL, no ha tenido la capacidad de asumir de manera pronta  la atención de los trabajadores e incluso se indica, que se están atendiendo con citas previas que ya sobrepasan el mes de espera para turno.
  2. Se implemento la oralidad buscando reducir el tiempo de duración de los juicios, sin embargo los problemas en los cambios tecnológicos han generado problemas en su adecuada aplicación. Se eliminaron los tribunales de menor cuantía y los casos que antes veían esos tribunales pasaron  a los Juzgados a ser resueltos por un solo juez.
  3. Se incorpora un trámite en vía sumaria para la tramitación de reclamos por discriminación, que deben ser atendidos de forma prioritaria por el juez, sin embargo la realidad en su aplicación ha sido otra.
  4. Se regulo la protección de fueros especiales y la tutela del debido proceso en situaciones como: maternidad y lactancia, trabajadores adolescentes, líderes sindicales, trabajadores en régimen de empleo público, denunciantes de acoso sexual y otros.
  5. Se regulo la reinstalación del trabajador cuando sea despedido por haber sufrido un accidente o riesgo de trabajo. En estos casos habrá que tomar las medidas necesarias para evitar reclamos judiciales.

La celeridad esperada en materia procesal, empieza a causar preocupación, pues desde ahora, existen despachos judiciales, que a nivel de agenda, ya se encuentran realizando señalamientos, para finales del presente año e inicios del 2019. Algo estará sucediendo, pues la conciliación de agendas de defensa publica y privada, pueden saturar las fechas de audiencia y consecuentemente la celeridad esperada no es tal.

Si el trabajador, con anterioridad podía accionar de manera personal y ser recibida su demanda en estrados el mismo día que así lo requirió, hoy día, con la Defensa Publica, debe solicitar su atención, esperar cita en muchos casos y turno de espera para la redacción de su demanda.

La Reforma Procesal Laboral, que desde el pasado 25 de julio es Ley de la República, ha provocado y seguirá provocando algunas interpretaciones incorrectas y hasta se habla de algunos temas que ni siquiera están regulados o que su regulación no dice lo que algunos señalan como una verdad.

Los patronos se han apurado para normalizar la situación interna para evitar denuncias en su contra. Muchos han procurado corregir todos los procedimientos erróneos en la gestión empresarial, esto por cuanto ahora los patronos deben mantener mucho orden en su organización interna, deben tener a mano los documentos que respaldan sus actuaciones, desde la publicación de ofertas de trabajo hasta los despidos y por supuesto todo lo acontecido entre ambos momentos.

Hoy día existen normas escritas que inclinan la balanza de la carga probatoria en manos de la parte patronal a quien le compete probar, entre otros elementos: la fecha de ingreso, el puesto desempeñado, las causas de extinción del contrato, el pago de todos los salarios y sus complementos (comisiones, incentivos, etc.), el pago de los días feriados, descansos, licencias, aguinaldo y vacaciones, el pago de los seguros sociales y de riesgos de trabajo, justificar medidas que se puedan considerar discriminatorias, etc.

En realidad, es mi humilde apreciación, que a la fecha, no se han cumplido las expectativas, de la Reforma Procesal laboral, y ello debido a la falta de mecanismos a nivel judicial, para poder hacer una realidad su adecuada ejecución e implementación. El tiempo nos dirá, si la CELERIDAD en los procesos será una realidad o solo se quedara en la letra.

Opinión: El mundo

¿Que hacer cuando el cliente trata de imponer su criterio?

Recomendaciones de que hacer cuando el cliente trata de imponer su criterio. Es lógico que el cliente tenga el deseo de contribuir a la solución de su problema y muchas veces los abogados impelidos por el carácter, impulsividad e incluso importancia del cliente, y aun sabedores del error de perspectiva de este, aceptan sin discusión el criterio de éste y adaptan su defensa y práctica al mismo. Grave error, escuche porqué.

MI PAIS NO ES UNA FINCA


En la reciente cadena de televisión, del Señor Presidente de la República, Luis Guillermo Solís, hace referencia al estado en que se encuentra Costa Rica, manifestando que se encontró la finca encharralada y que esta en proceso de limpieza. La forma en que hace su presentación de una manera muy confortable, sentado en un sillón y con su corbata floja, pareciera esta destinado a presentarse ante el pueblo, como un ciudadano común, sin grandezas y con humildad. Eso no esta mal, lo malo es que su forma de comunicarse con los costarricenses, pareciera que esta dirigida a una gran mayoría de ignorantes. Lo expreso de esta manera, porque puede ser mas sencillo, decir que la situación real del País, tal cual la encuentra al asumir su mandato no es la adecuada, ni la esperada. En palabras sencillas, pueden los humildes costarricenses, comprender lo que el mandatario, quiere externar. El señor Presidente debe conocer que nuestro país, es culto, con un grado de analfabetismo mínimo, donde no se necesita comparar el país con una finca, para hacerles entender que la administración que han llevado los gobiernos anteriores no ha sido la mejor.

Si el Presidente hoy día, ve a nuestro hermoso país como una finca, a la cual se le ha encargado la tarea de dirigir y administrar, su percepción es la errónea, pues el suscrito al igual que mas de un millón trescientas mil personas, le dimos el encargo de asumir la Presidencia de la República de Costa Rica, un pequeño país en extensión, que debe ser Gobernado y Administrado como se hace con los grandes países. Pensando en grande, se atienden los problemas de una mejor manera, si lo reducimos a una simple finca, los problemas que actualmente tenemos, serán disminuidos y minimizados y como tal mal atendidos.

No es lo mismo, Gobernar un país, que administrar una finca, no es lo mismo Gobernar, que dedicarse a cultivar, no es lo mismo Gobernar, que bailar, por eso no es lo mismo verla bailar, que bailar con ella.

Los que decidimos, dar nuestro voto, al Señor Presidente, lo hicimos con la convicción de un cambio, porque nos convenció con una propuesta seria, diferente y que consideramos honesta. Me preocupa, la forma en que el mismo, hoy día, se dirige, se comporta y se comunica. Lo hace pretendiendo verse humilde y popular, sin embargo no queremos populismo, queremos acciones directas y concretas, que hagan que los costarricenses vean el esfuerzo, por cambiar las cosas. No lo quiero ver bailar en los pueblos, no lo quiero ver sacando tarjetas rojas, en medio mundial de ffútbol no lo quiero ver en Facebook, posteando todo lo que hace de manera popular, no lo quiero ver con cuanto selfie pueda tomarse. Si quiere seguir disfrutando como un ciudadano común, si quiere verse como un ciudadano mas, no es problema, el problema es que su manera de actuar ha sido puesta en conocimiento de toda la ciudadanía, pretendiendo ser popular y yo no quiero un Presidente Popular, yo quiero un Presidente que sepa Gobernar y que nos demuestre el porque tomamos la decisión de elegirlo.

Don Luis Guillermo, Usted indico: “Cuando me equivoque, corríjanme; cuando me pierda, búsquenme; cuando flaquee, denme fuerzas. Si no les escucho, reclámenlo; si les abandono, si no estoy ahí cuando más me necesiten, si usurpare con aviesa intención la confianza depositada en mí con tanta generosidad por un pueblo que demanda honestidad y buen gobierno, repúdienme”

A poco mas de dos meses, que es poco tiempo, para saber si las cosas andan bien, solamente considero que se ha equivocado en la forma en que tiene que hacernos ver que es un Presidente para el pueblo, que no es lo mismo un Presidente populista. Algo pasa en su asesor de imagen, me gustaba mas verlo como un hombre serio, que como un hombre mostrando su faceta populista. La humildad es buena, pero no hay que aparentarla.

Mi País, no es una finca, ya anteriormente alguien la quiso ver como una empresa, que requería de buenos gerentes, y fallo en su intento.

Mi Costa Rica, es un país, que requiere ser gobernado, con transparencia. Un buen Gobernante es un verdadero líder de su equipo de trabajo, que motiva y estimula a su gente, es una persona auto motivada, positiva, disciplinada, comprometida y competente, se rodea de gente entrenada, comprometida con su propio crecimiento y competente para realizar su trabajo. Un buen Gobernante, reporta y saca de su equipo a los mediocres, cuando éstos no muestran interés en mejorar, piensa, analiza y busca oportunidades para mejorar más y más el rumbo del país. Queremos un país, más exitoso, que ofrezca mejores condiciones de trabajo para todos los ciudadanos, con seguridad económica, crecimiento profesional y estabilidad laboral. Un buen Gobernante, alcanza todas las promesas de campaña, que estableció como sus metas, y logra más que eso. Sobrepasa todas las expectativas. Por ello, no nos vea como una finca, véanos como el gran país, que somos, en esta vertiente podemos asegurar que sólo existen tres tipos de gobiernos. Primero, aquellos que gobiernan bien y comunican mal. Segundo, aquellos que gobiernan mal y comunican mal y, tercero, aquellos que gobiernan bien y comunican mejor. Estos son los que verdaderamente trascienden.

Lic. Rafael A. Rodríguez Salazar
Abogado y Defensor Social.
Cedula 3-271-045.
rafael@lafirmadeabogadoscr.com