El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, una ocasión ideal para insistir en la necesidad de la protección de esos derechos. En este año, los esfuerzos se centran en sensibilizar sobre la necesidad de un consumo más racional y sostenible, mejor para todos.
De nuevo, en el Día del Consumidor, OCU sigue insistiendo en la necesidad de un consumo diferente, mas respetuoso y comprometido: si el año pasado lo celebramos dando la bienvenida a un nuevo galardón en nuestros análisis, en este 2021, OCU se suma a Consumers International y apuesta de manera decidida por la sostenibilidad y un consumo diferente, más respetuoso con el entorno y combativo con el riesgo real que supone la contaminación por plásticos. El abuso del plástico afecta al entorno y a la salud, y urge tomar medidas contra ello.
Las organizaciones de consumidores alientan a las autoridades, las empresas y los usuarios a adoptar gestos sencillos, 7 acciones que son 7 reacciones en pro de la sostenibilidad:
Reemplazar el plástico por otras alternativas
Replantearse si de verdad es imprescindible recurrir a él
Rechazar productos con exceso de embalajes
Reducir el número de residuos
Reutilizar los objetos de los que no puedas prescindir
Reciclar los restos de la manera adecuada
Reparar antes de desechar
En OCU animamos a que se adopten medidas para que el consumo sostenible sea una opción fácil para los consumidores.
Por eso, con motivo de este Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, desde OCU nos dirigimos al Ministerio para la Transición Ecológica para solicitar:
FUENTE: OCU.org
Es común recibir llamadas telefónicas, mensajes telefónicos, correos electrónicos y otras comunicaciones , donde lo que se nos pregunta: ¿Usted es abogado gratuito? ¿ Estoy llamando a un abogado jurídico? ¿Usted es de la defensa publica? Perdona es que estaba buscando un abogado gratuito en Google y me salió usted. Perdona, te ubique en Internet, ¿puedo hacer una consulta? Muchas de esas comunicaciones son llamadas de WhatsApp, Messenger y otros medios de comunicación gratuita. Pero mas sorprendente, cuando te dicen, “disculpa, me quede sin saldo, me puede devolver la llamada”. ¡Mira pa, te puedo hacer una consulta! Tendrá suerte si los mensajes o llamadas no son de madrugada o altas horas de la noche.
En ocasiones me tomo mi tiempo, para explicar, a quien llama, que los abogados no son gratuitos (cajita blanca), que las consultas legales con abogados se deben cobrar (otra cajita blanca). En algunas ocasiones les consulto, que quieren decir cuando habla de abogados jurídicos, y en otras les digo que los defensores públicos, no se publicitan en Internet y que se localizan en sus respectivas oficinas.
Es claro que los Abogados, tienen prohibido realizar asesoría gratuita o cobros de consultas legales fuera de los aranceles determinados por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Sin embargo, es importante el que la ciudadanía en general, conozca que existen excepciones a la regla, y que, para ello, se han creado y autorizado, que algunas organizaciones realicen dentro de sus programas y fines, consultoría y asesoría gratuita a poblaciones en condición de vulnerabilidad o a personas que así lo requieran y que no pueden por sus condiciones económicas costearse un abogado privado. Es así como existen las Defensorías Sociales, creadas por el Colegio de Abogados y Abogadas y de la cual, soy uno de sus propulsores, fundadores y defensor social certificado. Existen desde hace bastante tiempo los Consultorios Jurídicos de las Universidades Publicas y Privadas, Las Casas de Justicia, del Ministerio de Justicia, y ONG y Asociaciones, “sin fines de lucro” que tienen como fin el brindar asesoría en diferentes áreas del derecho de manera gratuita. Ello sin dejar por fuera la Defensa Publica, de la Corte Suprema de Justicia, en las áreas penal, laboral, agraria, pensiones alimentarias, que por ley tienen sus funciones. Todas estas instituciones, se encuentran debidamente autorizadas para brindar dichos servicios y deberán respetar su cometido, sin convertirse en un ente de competencia desleal o contrario a sus fines.
No debemos olvidar, también la posibilidad que se tiene como responsabilidad social corporativa de despachos legales y abogados, el poder asumir procesos denominados PRO-BONO, cuando la causa y el caso a asumir así lo requiere.
Cada vez, que me pasa, algo como lo comentado, al inicio, me acuerdo, que, si tengo un malestar en mi salud, y pido consulta medica privada, lo primero que recuerdo, es que DEBO CANCELAR EL COSTO DE DICHA CONSULTA, sin cuestionamiento alguno. Y me digo, no pensaran las personas, que sus problemas legales, cuando requieren de asistencia legal, TIENEN LA OBLIGACION DE CANCELAR LOS HONORARIOS POR DICHA CONSULTA. Recordando siempre, un mensaje de Steven Keeva, que hemos observado en redes sociales y que ayer mi hija, María Paz, me pasaba por WhastApp, que dice: “ El derecho es una de las profesiones que cura. Mientras la medicina sana el cuerpo, y la religión el espíritu, la ley cura las grietas de la sociedad.”
Lo que quiero, que se comprenda, es que, en buena teoría, los abogados que se publicitan por medios electrónicos y redes sociales, invierten en ello y su publicidad no lleva de ninguna forma la intención de dar CONSULTORIA GRATUITA, por dos sencillas razones, A- Buscan clientes para ejercer su profesión y consecuentemente procurarse su ingreso económico de subsistencia. B- Les esta prohibido, brindar asesoría gratuita.
Ahora bien, no debemos confundir, la guía legal, para brindar asesoría con la respuesta gratuita de la consulta requerida.
Por ello, de previo a llamar o enviar mensajes procurando asesoría legal gratuita, recuerde que esta no se brinda por dichos medios y que los entes autorizados como tal, atienden de manera presencial o bien mediante citas debidamente coordinadas en sus medios telefónicos. La defensa publica, se otorga en cada caso en especifico y sus abogados se localizan en las diferentes oficinas en el Poder Judicial, sus números telefónicos de acceso publico y no privados.
No se disguste, sino se le da respuesta, no se disguste, sino se le contesta un mensaje, los abogados privados brindamos asesoría legal y esta requiere ser retribuida con los honorarios de ley.
Rafael Rodríguez Salazar Abogado y Notario.
FUENTE: elmundo.cr
¿Pueden obligarlo a permanecer en el grupo de WhatsApp o Telegram en su trabajo?
El celular con el paso del tiempo pasó de ser un lujo que pocos podían acceder a ser un accesorio casi indispensable para la comunicación entre las personas y en materia laboral sin duda es un elemento que requiere sin duda tenerse para la gestión operativa diaria.
Pero se dan ciertos problemas con el uso de este dispositivo en materia laboral, en especial cuando implica el uso de aplicaciones y el ingreso a “grupos privados” en plataformas como Telegram o WhatsApp, por decir un ejemplo e inclusive algunas empresas han creado grupos privados de Facebook para trabajar, pero el problema está justamente en una de las preguntas que surgen en el día a día de las relaciones laborales:
La respuesta es variable, en principio sería NO, si no es un celular entregado por el patrono o bien si el patrono NO emite pago por el uso del celular para el desempeño de sus funciones, por tanto si un colaborador no quisiera estar en el grupo de redes sociales bajo esas condiciones podría salirse sin ningún problema y el patrono NO podría sancionar esto o bien alegar que se emitió alguna comunicación en el grupo y que como el colaborador no estaba en el grupo se de por enterado de las instrucciones.
Ante esto la parte laboral debe prever tener mecanismos de comunicación que no solo sean estos, debería tener un mecanismo OFICIAL general como por ejemplo el correo electrónico corporativo o bien en el sitio web si tienen accesos internos que se emita comunicado y llegue a los colaboradores, o bien por escrito para que tengan toda la valía probatoria sobre las instrucciones y comunicaciones entre patrono y trabajador para que tanto el patrono tenga elementos que indiquen bajo las vías que se informo así como también el trabajador tiene claro los canales de comunicación oficiales para lograr así la armonía obrero patronal.
Es importante recordar que sí el patrono brinda el celular para el servicio o paga parte de la facturación del servicio, el colaborador DEBE RESPETAR mantenerse en el grupo y podría ser sancionado ante la condición de abandonar el grupo sin causa justificada, o hacer uso indebido del grupo, claramente el patrono debe aplicar sanciones en apego a la razonabilidad y proporcionalidad de la falta.
Es claro que en la práctica esto es complicado y se rige la buena fe de ambas partes, por parte del patrono de comunicarse por esta vía y los colaboradores de estar en el grupo aunque no se le haya dado el celular o se le pague por este servicio, pero en ambos escenarios es importante que la parte patronal fije políticas, reglamentación o lineamientos de la manera como deben comunicarse los colaboradores (respeto y cordialdiad) y adicional a ello establecer claras las reglas de los grupos de redes sociales o privados para el uso respectivo y evitar abusos o malos entendidos con el uso de estas plataformas.
En las relaciones laborales los papeles no hablan… GRITAN por ello debe documentarse todo lo referente a las instrucciones obrero patronales para mitigar contingencias obrero patronales y haya una mejor armonía en los centros de trabajo.
Artículo elaborado para NCR Noticias por el equipo de Aselecom Abogados.
FUENTE: NCR
La plataforma de mensajería instantánea está envuelta en ‘dimes y diretes’ debido a sus nuevas políticas y términos de uso.
Detente unos minutos, porque la plataforma del icono verde hizo algunas aclaraciones sobre su nueva política de condiciones y términos de uso, que entrará en vigor a partir del 8 de febrero de este año.
“Queremos dejar claro que la actualización de la política no afecta la privacidad de sus mensajes con amigos o familiares de ninguna manera. En cambio, esta actualización incluye cambios relacionados con la mensajería de una empresa en WhatsApp, que es opcional y brinda mayor transparencia sobre cómo recopilamos y usamos los datos”, señaló la firma en un comunicado.
*La app no puede ver tus mensajes privados ni escuchar tus llamadas… y esto se extiende a Facebook
El contenido que compartas solo quedará entre la persona (o gente de grupos) y tú, debido a que los mensajes están protegidos por el cifrado de extremo a extremo.
“Nunca debilitaremos esta seguridad y etiquetamos claramente cada chat para que conozcas nuestro compromiso”, aseveró la app.
*No se guardan los registros de a quién se está enviando el mensaje o llamando
WhatsApp consideró que mantener esa información es un riesgo para la privacidad y seguridad de los dos mil millones de usuarios.
*¿Saber tu ubicación? ¡Claro que no!
Aunque compartas tu localización con alguien a través de la plataforma, se protege igual que los mensajes es decir, con cifrado de extremo a extremo. Nadie, salvo la persona a la que la envías, conocerá la ubicación.
*Tus contactos no serán compartidos a Facebook
Cuando decides dar permiso, solo se accede a los números de teléfono para hacer más rápida y confiable la mensajería mas no se comparte con el resto de apps que ofrece Facebook.
*Los grupos fueron, son y serán privados
Con ello, precisó WhatsApp, se protege el servicio de spam y abuso.
“No compartimos esta información con Facebook con fines publicitarios. Nuevamente, estos chats privados están encriptados de extremo a extremo, por lo que no podemos ver su contenido”, expuso.
* Tus mensajes pueden desaparecer ‘como arte de magia’
Si quieres una mayor privacidad, tienes la opción de configurar tus textos para que se borren después de enviarlos.
*Si lo deseas, descarga tus datos
Ahí puedes ver qué información tiene WhatsApp sobre ti.
FUENTE: EL FINANCIERO
En la Firma de Abogados CR, le ofrecemos nuestros servicios como ASESORES EN DERECHO LABORAL EMPRESARIAL, en todo el territorio nacional, procurando la prevención y administración de las buenas relaciones obrero patronales.
La única forma de potenciar las buenas relaciones obrero patronales de su empresa, es saber todo lo que puedas, de lo que su empresa hace, como lo hace y como lograr que sus colaboradores lo hagan cumplimiento de manera eficiente con sus obligaciones.
Brindamos asesoría a particulares y empresas, nos ocupamos además de mantener a nuestros clientes informados de los últimos acontecimientos y regulaciones en derecho laboral, así como la capacitación y actualización constante en dicha área.
Para las empresas privadas, tenemos servicios que se ajustaran a sus necesidades, sea esta una gran, mediana o pequeña empresa, a un costo razonable.
Contamos con el personal, apto y capacitado para asesorar laboralmente, brindar capacitaciones, auditorias laborales y litigio, cuando su conflicto escalo a los Juzgados de Trabajo o los entes administrativos correspondientes.
Los patronos están obligados a cumplir a los empleados con sus derechos, pero de igual modo los empleados están obligados a reconocer sus deberes para con la empresa. Cuando cada parte entienda y acepte esta realidad habrá armonía en la relación obrero-patronal, es aquí donde en nuestra Firma podemos asesorar eficientemente.
Somos la Firma de Abogados, su Firma de Confianza. Llámenos y con gusto, atenderemos su consulta, personalmente en su empresa, para brindar la información y costos respectivos.