Giros Repretel: Nuevas Tecnologias de Seguridad

Se nos ha invitado a participar hoy día como consultor en el programa Giros de Canal 6, en un tema relacionado con la legalidad del uso de videocámaras y grabaciones en investigaciones de índole privada, para determinar pruebas en casos de infidelidad y otros. Tema de interés que pueden dar seguimiento a partir de las 7:30 a.m.

En esta mañana en ‪#‎Giros‬ ‪#‎Repretel‬ estuvimos hablando sobre las nuevas tecnologías como lo son los Drones y Cámaras de Seguridad como sus aplicaciones pueden ser aplicadas y que limitantes existen dentro del ámbito legal.

 

Condenan chofer por muerte de Ingeniero

Un conductor de autobús fue condenado a 2 años y 11 meses de prisión por atropellar y matar al ingeniero electromecánico Daniel Jesús Gutiérrez Ovares, cuando se dirigía en motocicleta a su trabajo en el Hospital Nacional de Niños.

El hecho ocurrió en San José el 5 de febrero de 2010 a las 7:40 a.m. en avenida 8, calle 1, cuando el joven de 24 años fue arrastrado seis metros por el bus placas AB1592 de la empresa Autotransportes San Antonio, que guiaba un hombre de apellido Aguilar.

Según los cruzrojistas el paciente estuvo por al menos 15 minutos debajo del bus atrapado con múltiples golpes por lo que fue trasladado muy delicado al hospital Calderón Guardia donde estuvo más de 2 años en coma.

La motocicleta que conducía la víctima era una Freedom 150 centímetros cúbicos mientras que al chofer del bus que cubría la ruta Fátima-San José se le realizó la alcoholemia, la cual dio negativa, confirmaron las autoridades de Tránsito.

Dolores Ovares, madre del joven, salió satisfecha por la decisión de los jueces pero comentó a DIARIO EXTRA que nada le devolverá a su hijo.

“Quería justicia, así se lo prometí a mi hijo y hoy (lunes) el conductor responsable no estará  en las calles generando más dolor, debería recapacitar lo que hizo. Fueron más de dos años luchando para que sobreviviera, era un hijo que se preocupaba por su familia, trabajador, tranquilo y estudioso, se nos fue muy temprano”, recordó.

Daniel vivía en Tres Ríos junto a su madre y es el cuarto de siete hermanos.

Rafael Rodríguez, abogado de la familia doliente, aseguró que intentaron conciliar con el Instituto Nacional de Seguros pero la propuesta que hicieron fue inaceptable.

“Ofrecer ¢12 millones por la muerte de un joven que estudiaba dos carreras, que tenía un trabajo estable y  su familia dependía en gran parte de él era inaceptable. Por el daño moral fueron ¢40 millones, por dicha el tribunal condenó, sentamos un precedente”, detalló.

El Periódico de Más Venta en Costa Rica intentó conversar con los encargados de la empresa de buses, sin embargo no fue posible ubicarlos.

Para leer la noticia puede ingresar desde el siguiente enlace: Diario la Extra

De la sobrepoblacion penitenciaria

La dirección del OIJ interpone un recurso de hábeas corpus, a favor de los privados de libertad, que se encuentran recluidos en las celdas judiciales que a la fecha no han recibido ingreso por parte de Adaptación Social, en razón de órdenes de jueces de ejecución de la pena y la Sala Constitucional, que han determinado el cierre de los Centros de Atención Integral de Adaptación Social, por encontrarse estos con una sobrepoblación que no permite más ingresos y que atenta contra todas las mínimas garantías carcelarias que regulan los tratados en derechos humanos.

Mas de este Articulo en: La Nacion

¡Aquí no cabe ni un preso más!

La noticia pudo disiparse en un país donde regularmente se otorgan libertades condicionales a presos, pero no pasó inadvertida cuando se supo que la liberación nació de un juez de Ejecución de la Pena que se hartó del hacinamiento en las prisiones.

El rechazo a la resolución del juez ocurrió incluso antes de que esta se ejecutara.

La decisión del juez Roy Murillo en setiembre, quiso solucionar una seguidilla de desobediencias del Ministerio de Justicia a otros fallos de jueces y resoluciones de la Sala IV que ordenaban disminuir la sobrepoblación carcelaria.

Murillo determinó que la administración penitenciaria debía trasladar a 370 condenados de la Unidad de Admisión de San Sebastián (creada para reos sin sentencia) a otros centros. De no haber espacio, dictó, se debía pasar a esa misma cantidad de reclusos a un régimen de confianza.

Para cuando el juez dio a conocer su fallo, la cárcel de San Sebastián ya había tocado fondo con cifras de 1.250 internos y 79% de hacinamiento. Es decir: por cada 10 camas ocupadas, ocho presos dormían en el suelo.

Esta realidad no dista de la del resto de 13.000 encarcelados en el país. El 36% de ellos había entrado a las celdas a empujones. Hasta hoy, los números no han mejorado. La única diferencia notoria al hacer las cuentas es la ausencia de las personas beneficiadas con la crisis en el sistema de privación de libertad. Lo demás son sumas y pocas restas.

La disposición de Murillo no tuvo un impacto radical en términos absolutos, pero lanzó a la cúspide de la discusión una problemática que se arrastraba y advertía desde años atrás: en las cárceles de Costa Rica no cabe ni un preso más.

Contra el sistema

El rechazo a la resolución del juez ocurrió incluso antes de que esta se ejecutara.

El primer dardo fue disparado cuando el magistrado de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Chinchilla, alegó que el fallo significaba una intromisión del Poder Judicial en el Ejecutivo –encargado de la administración carcelaria–, y dijo que pediría que se declarara ilegal.

El grueso de los jueces consideró el anuncio de Chinchilla como un atentado contra su independencia y salió a protestar, hasta que la Corte Plena reafirmó que no haría valoraciones ni cuestionamientos a la sentencia.

Los ánimos judiciales se calmaron, pero las críticas seguían llegando desde distintos sectores y se volvieron a encender cuando ocurrió lo que muchos temían: delincuentes pasados a régimen de confianza por orden de Murillo empezaron a ser detenidos por nuevos delitos, incluido un homicidio.

La alarma colectiva fue mayor al darse a conocer que el 73% de los elegidos para salir de la cárcel eran asaltantes.

Aun en medio de ese torbellino, Murillo sostuvo que su fallo estaba fundamentado en lo innegable: si el sistema penitenciario no protege los derechos fundamentales, las personas no pueden ser encerradas.

Fuente: La Nación

Cárceles desbordadas

La sobrepoblación de las cárceles es política del sistema penitenciario costarricense. La realidad de la infraestructura disponible no ofrece alternativas. El sistema se declara dispuesto, oficialmente, a excederse en un 20%. Aceptamos, entonces, como país, un hacinamiento a todas luces inconveniente, violatorio de derechos fundamentales y enemigo de todo esfuerzo de rehabilitación.

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El derecho penal no está constituido para satisfacer la venganza de las víctima

Sorprende un especialista en política criminal tan crítico a los barrotes como remedio. Conoce a fondo esa «tosca herramienta» del derecho penal que ahora le ha sorprendido para bien en el ‘caso Malaya’, «una novedad frente al derecho penal solo para pobres». En el otro lado, el fin de la ‘doctrina Parot’ ha tenido el final anunciado de lo que considera una decisión insostenible.

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Y la presunción de inocencia…

Hay shows en los que prácticamente se “sentencia” a los detenidos

No se vale trabajar por figurar. Se vale trabajar para aportar, para hacer el bien y, sobre todo, para denunciar como se debe lo que tiene que mejorarse, pero jamás para hacer leña de un árbol que ni siquiera sabemos si está caído, un árbol que, incluso después de los shows, podría ser que quede libre, sin medidas cautelares.

Vean lo que escribe un periodista sobre las actuaciones policiales. Se queja de como se actua, pero la policia siempre de previo informa a los medios, para que esten en los hechos que ellos quieren que esten. Vimos a los pobres todo el rigor y a los ricos COMPERMISO PODEMOS ENTRAR, bueno a veces.

Mas información viendo ahora mismo: La Nación