En el país existe 6 mil sujetas al pago de una pensión.
Hay 269 aprehendidos por no cumplir con la pensión alimentaria
269 personas permanecen en prisión por no pagar la pensión alimentaria, entre estas cinco mujeres. El no cumplir con el pago del salario escolar y la acumulación de meses hizo que 58 personas más terminaran enero en prisión.
FUENTE: Repretel
Ambos servicios de mensajería ofrecen cosas similares, sin embargo una es superior y sí mantiene segura la información de sus usuarios.
Sin embargo, es posible que ante los nuevos términos y condiciones de WhatsApp, el uso de otra aplicación de mensajería se convierta en una decisión definitiva y no provisional.
Entre las similitudes que tienen están:
– Ambas tienen su versión móvil y web para administrar las conversaciones en múltiples dispositivos, haciendo que el cambio de dispositivos sea más simple.
– Confirmación de mensajes leídos y entregados con palomitas
– Grupos de mensajes
– Llamadas de voz de calidad
– Uso compartido de archivos (en este aspecto Telegram tiene una mayor capacidad, pues su límite es de 2 GB y WhatsApp solo 16 MB)
¿Cuáles son sus diferencias?
Una de las obvias diferencias que en este momento está resaltando es la privacidad. Desde que WhatsApp se incorporó a las empresas de Mark Zuckerberg, ha presentado “problemas” de esta índole, no obstante, con la nueva actualización preparada para el 2021, la información de los usuarios quedará expuesta para las organizaciones del conglomerado de Facebook.
Pues de acuerdo a sus términos y condiciones el servicio recolectará contactos, datos comerciales cuando se use Facebook, e inclusive la IP o dirección geográfica del usuario.
Según el sitio Muy Interesante, aunque los chats estén cifrados de extremo a extremo, hay compañías israelíes que han creado un malware espía que vigila a políticos o activistas.
Por otro lado, Telegram es una aplicación multiplataforma que envía mensajes cifrados y que se autodestruyen.
Aunado a esto, este tiene “canales”, con los que se pueden difundir mensajes a un número ilimitado de personas. Son similares a los grupos, con la diferencia de que en estos solo el administrador podrá escribir en el chat.
Dichos canales pueden contener texto, imágenes, videos, enlaces e incluso archivos que cualquier persona que se una podrá ver, ya que en lo general estos son públicos a menos de que se indique lo contrario.
Además, uno de sus beneficios es que Telegram puede abrirse simultáneamente en diferentes dispositivos, a diferencia de WhatsApp que solo puede verse en uno a la vez.
Por si fuera poco, Telegram permite con su API abierta, que los desarrolladores que quieran puedan crear sus propias aplicaciones de la plataforma. Además, tiene una API para bots, una plataforma para desarrolladores que permite a cualquiera crear herramientas especializadas para Telegram, integrar cualquier servicio, e incluso aceptar pagos de usuarios alrededor del mundo.
Otra ventaja del servicio de mensajería, es que los usuarios pueden usar un nombre público con el que pueden platicar con otras personas aún si no tienen su número telefónico.
Sin embargo, debido a la popularidad de WhatsApp, hay menos usuarios activos en Telegram, por lo que esto puede ser una dificultad hablar con tus amigos o familiares, pues es posible que ellos no tengan el servicio.
En resumen, Telegram resulta ser un mejor medio de comunicación que WhatsApp
FUENTE: Infobae
La plataforma de mensajería instantánea está envuelta en ‘dimes y diretes’ debido a sus nuevas políticas y términos de uso.
Detente unos minutos, porque la plataforma del icono verde hizo algunas aclaraciones sobre su nueva política de condiciones y términos de uso, que entrará en vigor a partir del 8 de febrero de este año.
“Queremos dejar claro que la actualización de la política no afecta la privacidad de sus mensajes con amigos o familiares de ninguna manera. En cambio, esta actualización incluye cambios relacionados con la mensajería de una empresa en WhatsApp, que es opcional y brinda mayor transparencia sobre cómo recopilamos y usamos los datos”, señaló la firma en un comunicado.
*La app no puede ver tus mensajes privados ni escuchar tus llamadas… y esto se extiende a Facebook
El contenido que compartas solo quedará entre la persona (o gente de grupos) y tú, debido a que los mensajes están protegidos por el cifrado de extremo a extremo.
“Nunca debilitaremos esta seguridad y etiquetamos claramente cada chat para que conozcas nuestro compromiso”, aseveró la app.
*No se guardan los registros de a quién se está enviando el mensaje o llamando
WhatsApp consideró que mantener esa información es un riesgo para la privacidad y seguridad de los dos mil millones de usuarios.
*¿Saber tu ubicación? ¡Claro que no!
Aunque compartas tu localización con alguien a través de la plataforma, se protege igual que los mensajes es decir, con cifrado de extremo a extremo. Nadie, salvo la persona a la que la envías, conocerá la ubicación.
*Tus contactos no serán compartidos a Facebook
Cuando decides dar permiso, solo se accede a los números de teléfono para hacer más rápida y confiable la mensajería mas no se comparte con el resto de apps que ofrece Facebook.
*Los grupos fueron, son y serán privados
Con ello, precisó WhatsApp, se protege el servicio de spam y abuso.
“No compartimos esta información con Facebook con fines publicitarios. Nuevamente, estos chats privados están encriptados de extremo a extremo, por lo que no podemos ver su contenido”, expuso.
* Tus mensajes pueden desaparecer ‘como arte de magia’
Si quieres una mayor privacidad, tienes la opción de configurar tus textos para que se borren después de enviarlos.
*Si lo deseas, descarga tus datos
Ahí puedes ver qué información tiene WhatsApp sobre ti.
FUENTE: EL FINANCIERO
Ya casi acercándonos al primer semestre de la puesta en vigencia de la Reforma Procesal Laboral, quiero referirme a algunos aspectos que han creado preocupación al respecto y me refiero específicamente a dos de las categorías donde se dieron los cambios, a saber el: Derecho Individual del Trabajo y Los Aspectos Procesales.
Con la sola expectativa de la nueva normativa, se dieron algunas erróneas apreciaciones, principalmente entre los trabajadores, que no comprendieron muchos aspectos de ello.
Es constante aun escuchar a trabajadores y patronos discutir sobre temas que supuestamente cambiaron con la Reforma Procesal Laboral, cuando en realidad no se dieron estos cambios.
Se ha malentendido por parte de trabajadores y algunas empresas que se modificó de alguna forma las jornadas de trabajo, indicándose que la reforma, obliga a trabajar solo en las jornadas ordinarias existentes de 8, 7 o 6 horas, sea esta diurna, mixta o nocturna respectivamente, y que no es permitido las jornadas de mas horas, si no se cancelan horas extraordinarias.
La reforma no modificó en lo absoluto las jornadas de trabajo. Si se trabaja mas allá de dichas jornadas, dentro de los límites permitidos por ley, deben cancelarse horas extras, como ha sido siempre la obligación del patrono y el derecho del trabajador.
La reforma no modificó las obligaciones patronales sobre salarios y otros beneficios relacionados, esto por cuanto no existen cambios en el tema de salarios mínimos, aumentos, cálculo y pago de horas extra, etc. Tampoco ha variado la obligación de reportar todos los salarios de sus trabajadores a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), ni ha cambiado el tope de ocho años de cesantía en el sector privado.
Los cambios existentes y de importancia en la actualidad, indicamos, los vemos desde dos perspectivas específicas:
Sobre estos aspectos, no tenemos aun muestra de problema alguno en cuanto a su interpretación, sin embargo consideramos se esta haciendo una errónea aplicación en lo relacionado con las causales de despido, la carta del despido y la posibilidad del despido con responsabilidad patronal.
La celeridad esperada en materia procesal, empieza a causar preocupación, pues desde ahora, existen despachos judiciales, que a nivel de agenda, ya se encuentran realizando señalamientos, para finales del presente año e inicios del 2019. Algo estará sucediendo, pues la conciliación de agendas de defensa publica y privada, pueden saturar las fechas de audiencia y consecuentemente la celeridad esperada no es tal.
Si el trabajador, con anterioridad podía accionar de manera personal y ser recibida su demanda en estrados el mismo día que así lo requirió, hoy día, con la Defensa Publica, debe solicitar su atención, esperar cita en muchos casos y turno de espera para la redacción de su demanda.
La Reforma Procesal Laboral, que desde el pasado 25 de julio es Ley de la República, ha provocado y seguirá provocando algunas interpretaciones incorrectas y hasta se habla de algunos temas que ni siquiera están regulados o que su regulación no dice lo que algunos señalan como una verdad.
Los patronos se han apurado para normalizar la situación interna para evitar denuncias en su contra. Muchos han procurado corregir todos los procedimientos erróneos en la gestión empresarial, esto por cuanto ahora los patronos deben mantener mucho orden en su organización interna, deben tener a mano los documentos que respaldan sus actuaciones, desde la publicación de ofertas de trabajo hasta los despidos y por supuesto todo lo acontecido entre ambos momentos.
Hoy día existen normas escritas que inclinan la balanza de la carga probatoria en manos de la parte patronal a quien le compete probar, entre otros elementos: la fecha de ingreso, el puesto desempeñado, las causas de extinción del contrato, el pago de todos los salarios y sus complementos (comisiones, incentivos, etc.), el pago de los días feriados, descansos, licencias, aguinaldo y vacaciones, el pago de los seguros sociales y de riesgos de trabajo, justificar medidas que se puedan considerar discriminatorias, etc.
En realidad, es mi humilde apreciación, que a la fecha, no se han cumplido las expectativas, de la Reforma Procesal laboral, y ello debido a la falta de mecanismos a nivel judicial, para poder hacer una realidad su adecuada ejecución e implementación. El tiempo nos dirá, si la CELERIDAD en los procesos será una realidad o solo se quedara en la letra.
Opinión: El mundo