Conducción temeraria y conmutación de pena
Nuestra legislación procesal penal prevé la aplicación de un procedimiento abreviado, mediante el cual el/ los imputados, de común acuerdo con el Ministerio Público, querellantes y actores civiles, previa aceptación de los hechos acusados, pactan la aplicación de una pena a efectos de prescindir del juicio oral y público. Dicho acuerdo tiene como objetivo que el imputado reciba como beneficio la imposición de una pena más favorable, en la cual incluso se le puede fijar la misma hasta un tercio por debajo del mínimo de la pena que deba disponerse en sentencia.
Nuestra legislación procesal penal prevé la aplicación de un procedimiento abreviado, mediante el cual el/ los imputados, de común acuerdo con el Ministerio Público, querellantes y actores civiles, previa aceptación de los hechos acusados, pactan la aplicación de una pena a efectos de prescindir del juicio oral y público. Dicho acuerdo tiene como objetivo que el imputado reciba como beneficio la imposición de una pena más favorable, en la cual incluso se le puede fijar la misma hasta un tercio por debajo del mínimo de la pena que deba disponerse en sentencia.