¿Es de interés público la salud ocupacional?
Respuesta: Declárase de interés público todo lo referente a salud ocupacional, que tiene como finalidad promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador en general; prevenir todo daño causado a la salud de éste por las condiciones del trabajo; protegerlo en su empleo contra los riesgos resultantes de la existencia de agentes nocivos a la salud; colocar y mantener al trabajador en un empleo con sus aptitudes fisiológicas y sicológicas y, en síntesis, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su tarea.
Normativa:
- Código de Trabajo y sus reformas, Título IV (Ley N° 6727, de fecha 09 de marzo de 1982), artículo 273.
Fuente: Ministerio De Trabajo