¿El patrono debe dar permiso con salario para que el trabajador vaya a una cita médica?
Respuesta: El patrono está obligado a otorgar el permiso a los trabajadores para que asistan a la atención médica, en los centros, clínicas, hospitales, etc. que formen parte de la Caja, de conformidad con el Reglamento de Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social.Sin embargo, esta obligación de otorgar el permiso, no implica de modo alguno la obligación de que el mismo se dé con goce de salario, quedando así la decisión a voluntad del patrono. Es decir, el patrono está obligado a dar el permiso, pero quedará a voluntad suya si el permiso se otorga con goce de salario o sin él.
Normativa:
Artículo 66 inciso c) del Reglamento de Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social.