NUEVO CODIGO PROCESAL DE FAMILIA

NUEVO CODIGO PROCESAL DE FAMILIA

En esta entrevista del Licenciado Rafael Rodriguez Socio Director de La Firma de abogados y la Licda Ericka Solis de Ley Y Familia, comentan sobre el nuevo Codigo procesal de familia, recientemente aprobado en segundo debate en la Asamblea Legislativa y que entrará a regir el 01 de Octubre el 2020.

Entre los cambios mas importantes es que viene a derogar toda la ley de pensiones alimentarias y cambia el proceso de como se presentan estas estableciendo una serie de pasos como la presentacion de la demanda inicial lo cual conllevará a una audiencia en la que las partes en primera instancia puedan llegar a una conciliacion, de lo contrario se dictara sentencia, ya no habra una pension provisional si no que sera una sentencia de una vez.

Esta sentencia será apelable en caso de que no se tomara parecer a alguna de las partes.

Las audiencias serán orales y entre los cambios sustanciales esta el que el menor de edad, mayor de 12 años tendrá una participacion mas activa, siendo que se le tomara su parecer a fin de que indique cual es su opinion con respecto a procesos de comunicacion y relacion y opinar con cual de los dos padres prefiere quedarse, derecho que ya se daba en el Codigo de la niñez y adolescencia pero que en la realidad no se estaba aplicando.

En cuanto al apremio corporal también se dan algunos cambios como por ejemplo el apremio corporal gradual, siendo que la primera vez será por un tiempo 2 meses, la segunda por 4 meses y la tercera vez por 6 meses (actualmente es de 6 meses).

Esta nueva norma legal vendrá a ordenar el proceso por el cual se tramitarán los casos de conflictos familiares en Costa Rica.

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REGISTRO DE ACCIONISTAS

Registro de accionistas y beneficiarios finales.

Si usted tiene una sociedad mercantil y recientemente conoce la noticia que debe hacer el registro de accionistas ante la SUGEF pero no sabe como hacerlo, no conoce las implicaciones legales que eso conlleva, entre ellos el solicitar la firma digital. En esta entrevista nuestro Socio Director el Licenciado Rafael Rodriguez Salazar junto al Licenciado Kendall Ruiz abogado especialista en materia comercial, le brindan toda la informacion que usted bede conocer para realizar este registro y ademas no tenga que pagar altas multas.

Todas las sociedades anonimas y demas sociedades mercantiles deben registrarse en el Registro de Accionistas del Banco Central de lo contario se verá expuesto a sanciones economicas que van desde 3 salarios base (1.2000.000 colones) hasta 100 salarios base (47.000.000 colones) ademas de otras sanciones como perder licitaciones.

Esta obligacion nace a raiz de tratar de tener una transparencia a nivel fiscal y financiera conforme a regulaciones internacionales para evitar entre otras cosas la evacion de impuestos y ocultar bienes.

Las sociedades deben registrarse ante el Banco Central, entre los requisitos debe contar con una firma digital o brindar un poder a un Notario Publico, debe tener los libros legales completos y las acciones.

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